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Auto2 de agosto de 2013

A- de 2013

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

✓Demandante Philips Colombiana S.A.S.·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Aclaracion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia por presentación dentro del término de ejecutoria
  • Procedencia excepcional del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil
  • Declaración de inexequibilidad en sentencia C-113/93
  • Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia de adición o aclaración
Accion De Tutela En Materia De Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Rechazar solicitud de aclaración de sentencia T-1086/12 por extemporánea
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de Aclaración de la Sentencia T-1086/12.

Se solicita que se aclare el contenido y alcance de la sentencia de la referencia, específicamente en lo relacionado con el numeral séptimo de la parte resolutiva, en relación con la forma en que se debe dar cumplimiento a la indexación de la primera mesada pensional y pago del retroactivo correspondiente.

La Sala decide RECHAZAR por extemporánea la solicitud de aclaración impetrada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR por extemporánea la solicitud de aclaración de la sentencia T-1086 de 2012, presentada el apoderado especial de Philips Colombiana S.A.S.
  2. SEGUNDO. INFORMAR al peticionario que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.